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Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
ARTICULO 75º
2024
En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar una relación de todos y cada uno de los informes que, de acuerdo con su naturaleza y la normatividad vigente que les resulte aplicable, se encuentren obligados a rendir ante cualquier otro sujeto obligado; asimismo, se deberá vincular al documento del informe que corresponda. La relación deberá incluir, por lo menos, los informes de: gobierno; labores o actividades; en materia de transparencia y protección de datos personales.
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